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Fernán Luis Rioseco Pinochet
  • Recreo, Viña del Mar
Resumen El propósito de este artículo es mostrar el modo en que Borges, en su relato Tigres azules, desarrolla varias ideas interesantes en torno a la lógica, el lenguaje y las matemáticas. El punto de partida es el escepti-cismo borgeano... more
Resumen El propósito de este artículo es mostrar el modo en que Borges, en su relato Tigres azules, desarrolla varias ideas interesantes en torno a la lógica, el lenguaje y las matemáticas. El punto de partida es el escepti-cismo borgeano sobre la capacidad de la lógica clásica para abordar el problema de la verdad y los mundos imposibles. Se defiende que ob-jetos inconsistentes e, incluso, autocontradictorios no necesariamente dan lugar a mundos física o lógicamente imposibles. Se sugiere que las paradojas que Borges construye en el cuento no son paradojas de autorreferencia, sino variantes de la paradoja de Moore y de las para-dojas de implicación material, por lo que para superarlas se requiere un enfoque no-clásico que neutralice ECQ, esto es, un sistema de lógica paraconsistente. Abstract Tigres azules of J. L. Borges. Logic, Truth and Impossible Worlds. The aim of this text is show how Borges, in his story Tigres azules, develops several interesting ideas about logic, language and mathematics. The starting point is Borgesian skepticism about the ability of classical logic to take the problem of truth and impossible worlds. It is defended that inconsistent and even self-contradictory objects do not necessarily give rise to physically or logically impossible worlds. It is suggested that the paradoxes that Borges constructs in the story
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¿Qué es la Filosofía del Derecho?
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A. Cualquier teoría sobre la ficción que aspire a ser considerada seriamente, debe ser capaz de responder al menos las siguientes preguntas: ¿Qué hace posible que en el discurso ficcional las oraciones mantengan sus significados... more
A. Cualquier teoría sobre la ficción que aspire a ser considerada seriamente, debe ser capaz de responder al menos las siguientes preguntas: ¿Qué hace posible que en el discurso ficcional las oraciones mantengan sus significados habituales de modo que puedan ser comprendidas por un receptor, en circunstancias que los objetos no hacen referencia a la realidad? ¿Cuál es la naturaleza de los entes de ficción? ¿Son reales? ¿Existen? ¿Cómo es que mediante un discurso ficcional el autor (un escritor de novelas, por ejemplo) crea personajes de los cuales tenemos noticias sólo por las descripciones de sus autores?
El artículo expone en detalle la respuesta de Amie Thomasson a estos problemas de actual discusión en la filosofía del lenguaje, tomando como base las ideas contenidas en su libro Fiction and Metaphysics (1999), en la que expone su teoría conocida como "teoría artefactual".
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El artículo se propone analizar si la lógica puede erigirse como una herramienta adecuada para solucionar los dilemas y contradicciones que presentan los distintos órdenes normativos, analizando, en primer lugar, algunos tratamientos... more
El artículo se propone analizar si la lógica puede erigirse como una herramienta adecuada para solucionar los dilemas y contradicciones que presentan los distintos órdenes normativos, analizando, en primer lugar, algunos tratamientos no-monotónicos recientes; y en segundo lugar, si resulta posible reconstruir el razonamiento jurídico, acudiendo al arsenal de algunas lógicas no clásicas, en particular, el modelo de la lógica transitiva diseñada por los filósofos españoles Txetxu Ausín y Lorenzo Peña, a partir de enfoques y desarrollos de la lógica paraconsistente y la lógica borrosa, sometiéndolo a una revisión crítica.

Palabras clave: no-monotonía, lógica transitiva, lógica paraconsistente, lógica borrosa
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El presente volumen reúne trabajos vinculados al Magíster en Filosofía de la Universidad de Valparaíso, entre los años 2013 y 2014. Se trata de la recepción, selección, corrección y edición de trabajos escritos que siguieron a la... more
El presente volumen reúne trabajos vinculados al Magíster en Filosofía de la Universidad de Valparaíso, entre los años 2013 y 2014. Se trata de la recepción, selección, corrección y edición de trabajos escritos que siguieron a la convocatoria realizada para todos los miembros oficiales del magíster, esto es, alumnos en curso, y profesores del claustro. El libro pone a disposición del lector interesado en temas filosóficos, un material que da cuenta de las reflexiones que emergen en el seno de nuestro postgrado, indistintamente del escalafón académico de sus portadores.
Una de las características llamativas de esta empresa colectiva, es la diversidad de temas, enfoques, intereses y formaciones que convoca. Aunque es la Filosofía la disciplina que orquesta las exposiciones, la pluralidad de desarrollos posibles hace justicia a los seminarios que componen el programa en sus dos menciones: Lógica y Filosofía de las Ciencias y Pensamiento Contemporáneo. Un panorama multidimensional donde la reflexión filosófica prolifera en la confluencia de subdisciplinas (Bioética, Lógica, Epistemología, Estética, Ontología, Filosofía Social y Política), temas (el aborto, la calle, el juicio, el espíritu, la fotografía, la literatura, la memoria, la experiencia) y referentes culturales (Francia, Alemania, Inglaterra, Estados Unidos y Latinoamérica). Por lo demás, un registro del interés verídico que despierta la actividad filosófica en profesionales formados en áreas tan distintas como la odontología, el derecho, la sociología
y la arquitectura, por nombrar sólo algunas.
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La Serie Selección de Textos, junto con la Revista de Humanidades de Valparaíso, es la producción editorial del Instituto de Filosofía de la Facultad de Humanidades de Valparaíso. Nace en el año 2013 con el propósito de abrir un espacio... more
La Serie Selección de Textos, junto con la Revista de Humanidades de Valparaíso, es la producción editorial del Instituto de Filosofía de la Facultad de Humanidades de Valparaíso. Nace en el año 2013 con el propósito de abrir un espacio para las publicaciones en el área de las humanidades en nuestro país. La Serie es dirigida por el profesor Juan Redmond y su Comité Científico lo componen destacados académicos nacionales e internacionales, cuya responsabilidad es asegurar la calidad de las publicaciones.
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La comprensión acabada de la teoría iusnaturalista de Finnis resulta compleja, entre otras razones, porque junto con nuestra (de) formación iuspositivista legalista, el autor da por supuesto un lenguaje que pertenece a la tradición... more
La comprensión acabada de la teoría iusnaturalista de Finnis resulta compleja, entre otras razones, porque junto con nuestra (de) formación iuspositivista legalista, el autor da por supuesto un lenguaje que pertenece a la tradición aristotélica y escolástica. Su obra principal-Natural Law and Natural Rights (1980), cuyo título fue propuesto por Hart, entonces editor de Clarendon Press en la Universidad de Oxford y ex maestro de Finnis en dicho claustro-está escrita en una tradición diferente a la del iuspositivismo que arranca desde Bentham hasta llegar a Hart y sus epígonos. Por ello, no es infrecuente encontrarse con deformaciones no sólo del pensamiento de Finnis, sino que de las doctrinas iusnaturalistas en general. Mi intención en estas pocas líneas es caracterizar-de una manera muy gruesa-lo que considero son los elementos esenciales de las teorías jurídicas de Hart y Finnis, para luego compararlas y pronunciar un juicio crítico tanto de sus aciertos como de sus puntos débiles, oscuros y controversiales. La teoría jurídica de Hart Dentro de la conocida tipología de Bobbio acerca de las formas de positivismo jurídico, la teoría de Hart puede enlistarse en aquella variante que el autor italiano denomina "positivismo metodológico", esto es, la postura que defiende unícamente la tesis de la distinción conceptual entre el derecho y la moral, a veces llamada también tesis de la separación. Además, dentro de la fractura que se produjo al interior del iuspositivismo debido fundamentalmente a las críticas de Dworkin, el positivismo de Hart no niega que pueda existir una conexión contingente entre el derecho y la moral: lo que se rechaza es la conexión conceptual necesaria entre ambos. De hecho, debido a esta postura más bien conciliadora es que el propio Hart llamó a su positivismo soft positivism, que puede traducirse como positivismo "blando" o "suave" (Hart, Postscriptum, 1994). Como veo el asunto, el positivismo blando de Hart es más o menos equivalente a expulsar a la moral por la puerta sólo para dejarla entrar por la ventana. Sin embargo, no debe caer en el olvido aquella frase contenida en el prólogo de The Concept of Law en la que Hart afirma que su obra constituye "un ensayo de sociología descriptiva". En efecto, teniendo en mente los extremos de la pesadilla del realismo jurídico y el noble sueño del formalismo, la posición de Hart es-parafraseando a Moreso-la del estado de "vigilia", que no es ni sueño ni pesadilla, pero que mantiene bien abiertos los ojos para observar con rigor analítico (el de la filosofía analítica) este enigmático objeto llamado derecho.